ARTÍCULO 1º. La Mediateca deberá cumplir con los siguientes objetivos.
1.1 Apoyar la investigación y docencia, y crear también una red de contactos con otras instituciones académicas y culturales.
1.2 Preservar y conservar el patrimonio bibliográfico y documental del Área.
1.3 Administrar los usos del equipamiento tecnológico dispuesto en la Mediateca.
1.4 Desarrollar y mantener actualizado el catálogo bibliográfico.
1.5 Organizar la compra anual de material bibliográfico específico de las asignaturas que se dictan en las carreras de grado y posgrado del Área.
1.6 Gestionar las donaciones e intercambio bibliográfico que se lleven a cabo con otras instituciones académicas y/o culturales.
1.7 Facilitar a los usuarios el accedo al material bibliográfico y tecnológico.
ARTÍCULO 2º. Usuarios. El uso de la Mediateca está destinado a brindar información a todo individuo perteneciente a la comunidad universitaria de la UNA sea estudiante, docente o no docente; como también becarios e investigadores.
2.1 El préstamo a domicilio funcionará únicamente para aquellos usuarios que pertenezcan al Área Transdepartamental de Artes Multimediales, sean estudiantes, docentes y/o no docentes.
2.2 Para el préstamo a domicilio los usuarios deberán tramitar el carnet de lector al momento de concurrir por primera vez a la Mediateca. Para tramitar dicho carnet, los usuarios deberán presentar en la Mediateca:
2.2.1 En caso de ser estudiantes: libreta universitaria, 2 fotos carnet (4x4 actual). Los alumnos de primer año que no cuenten aún con la libreta universitaria, deberán presentar DNI.
2.2.2 Docentes y no docentes: DNI, 2 fotos carnet (4x4 actual) y un certificado del Área que acredite su condición de docente, no docente, becario o investigador de la misma.
2.3 La reserva de material se procederá a ser realizada de forma presencial por el interesado.
2.1 Para acceder a cualquier tipo de los servicios de la Mediateca, los usuarios deberán presentar la identificación que los acredite como usuarios autorizados.
ARTÍCULO 3º. En la Mediateca se distinguen tres modalidades de préstamo. El préstamo en sala, el préstamo a domicilio y el préstamo interbibliotecario.
3.1 Mediante el préstamo en sala los usuarios podrán consultar todos los fondos de la Mediateca sin excepción en los espacios provistos para tal fin.
3.2 Los usuarios autorizados para el préstamo a domicilio podrán retirar de la Mediateca los materiales que necesiten, por un período de 7 días. Con posibilidad de renovación de préstamo por otros 7 días. Cada usuario podrá tener en su poder hasta 3 obras. Siempre y cuando:
3.2.1 El material solicitado no se encuentre reservado.
3.2.2 El material solicitado no pertenezca a la colección original del material específico de la carrera. Dicho material solo podrá ser usado para consulta en sala.
3.3 Aquellos usuarios que hayan donado cualquier tipo de material a la Mediateca, podrán retirar hasta 4 obras por pedido, durante el año en que se haya efectuado la donación. El plazo del préstamo será igualmente de 7 días con posibilidad de renovación.
3.4 La Mediateca podrá realizar préstamos de material bibliográfico a otras bibliotecas pertenecientes a instituciones culturales. También podrá establecer convenios con otras bibliotecas que se consideren relevantes para las actividades desarrolladas en el Área.
ARTÍCULO 4º. Los usuarios de la Mediateca estarán sujetos a sanciones en el caso de no cumplir con las disposiciones del presente reglamento.
4.1 Los usuarios que tengan en su poder material perteneciente de la Mediateca con fecha de devolución vencida, no podrán realizar ningún trámite en la Secretaría Académica hasta tanto reintegren el material adeudado. Si la devolución excede en 10 días el plazo a cordado, dichos usuarios se verán imposibilitados de retirar material de la Mediateca por un plazo de 3 meses.
4.2 Los usuarios que devuelvan el material en mal estado (libros rotos, subrayados, anotados o marcados, cds rayados, videos rotos) se verán imposibilitados de retirar material de la Mediateca por un plazo de 6 meses.
4.3 Los usuarios que pierdan una obra perteneciente a la Mediateca, no podrán efectuar ningún trámite en la Secretaría Académica hasta tanto repongan la obra extraviada por otra igual o semejante (esta última a través de la aprobación de la Dirección de la Mediateca). También se verán imposibilitados de retirar material de la Mediateca por un plazo de 12 meses, a partir de la reposición de la obra extraviada.
4.4 Aquellos ex alumnos que adeuden material de la Mediateca y deseen reingresar a la Carrera, no podrán hacerlo hasta tanto reintegren el material adeudado. Dichos usuarios se verán imposibilitados de retirar material de la Mediateca por un plazo de 12 meses.
4.5 El préstamo de material es intransferible. El usuario que solicitó el préstamo será responsable de regresar el material a tiempo y en buen estado.
ARTÍCULO 5º. La Mediateca contará con herramientas tecnológicas para promover y fortalecer el aprendizaje y conocimiento.
5.1 Los equipos tecnológicos que se encuentren destinados a la Mediateca podrán ser utilizados únicamente por aquellos usuarios pertenecientes al Área Transdepartamental de Artes Multimediales, con el siguiente orden de prioridad en relación a su disponibilidad: alumnos, no docentes, docentes.
5.2 Su acceso estará destinado únicamente para fines académicos y/o de investigación.
5.3 Los usuarios podrán utilizar el equipamiento dentro del horario de funcionamiento de la Mediateca.
5.4 Los usuarios deberán solicitar la sala de proyección con una semana de anticipación con el fin de mantener una adecuada coordinación en la disponibilidad de la misma.
ARTÍCULO 6º. Los usuarios de la Mediateca deberán cumplir y colaborar con las normativas que regulen los distintos servicios de la Mediateca para mantener su buen funcionamiento.
6.1 Dejar en el armario sus carteras, bolsos, mochilas, portafolios o portaelementos similares, al momento de ingresar a la Mediateca.
6.2 Mantener el orden y la limpieza.
6.3 No fumar. Ley Nº 26.687
6.4 No ingresar con alimentos y bebidas.
6.5 No colocar afiches y/o carteles en las paredes.
6.6 Registrarse en la planilla de préstamos en el caso de efectuarse el mismo.
6.7 Cuidar el material bibliográfico y tecnológico al que tengan acceso.
6.8 Cuidar las instalaciones y el amoblamiento.
6.9 Devolver el material en el plazo acordado.
6.10. Guardar silencio en las salas de lectura y computación.
ARTÍCULO 7º. Los usuarios tendrán los siguientes derechos en el uso de los servicios de la Mediateca.
7.1 Acceder a la consulta y estudio del material bibliográfico y tecnológico perteneciente a la Mediateca.
7.2 Acceder al catálogo virtual de la Mediateca.
7.3 Recibir información y asesoramiento en la localización y acceso al material bibliográfico solicitado.
ARTÍCULO 8º. Cualquier situación que no sea contemplada en este reglamento, será considerada por las autoridades del Área Transdepartamental de Artes Multimediales.